Tras la concreción de la segunda vuelta en las Elecciones 2024, obligatoria al igual que la Nacional, quienes hayan incumplido con el voto deben pagar una sanción económica. El trámite se realiza de forma online en la página de la Corte Electoral.
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SUSCRIBITEQuienes no votaron en las nacionales o en el balotaje deberán justificar su ausencia entre el 26 de noviembre y el 26 de diciembre de 2024. Estos son los montos a pagar y cómo hacerlo.
Tras la concreción de la segunda vuelta en las Elecciones 2024, obligatoria al igual que la Nacional, quienes hayan incumplido con el voto deben pagar una sanción económica. El trámite se realiza de forma online en la página de la Corte Electoral.
En caso de no votar sin justificación válida, corresponde el pago de una multa según lo establece la ley N° 16.0171: “El ciudadano que sin causa justificada no cumpliera con la obligación de votar, incurrirá en una multa equivalente al monto de una Unidad Reajustable (UR) por la primera vez y de tres Unidades Reajustables por cada una de las siguientes”.
Según la última actualización de la Dirección Nacional Impositiva (DGI), a cifras de octubre el monto de la UR asciende a $1.741,80. En el caso de los funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República (Udelar), la multa ascenderá al doble, $3.480.
Según establece la Ley, el pago de las multas se hará efectivo en las Juntas Electorales del departamento donde el ciudadano debió votar.
Primero, ingresando a la página de la Corte Electoral, se deberá optar por la opción "Catálogo de trámites en línea":
Una vez en el catálogo, se enlistarán una serie de opciones en las que los interesados en pagar la multa deberán clickear en "Elección Nacional" y luego en "Pago de multa por no emisión del voto - Segunda elección 2024". En caso que el ciudadano tenga que abonar por no concurrir en la primera vuelta, la opción a seleccionar es la tercera "Elección Nacional 2024 - Justificación de no voto":
Posteriormente, se debe ingresar los datos que figuran en la credencial cívica. Además, la Corte Electoral exigirá registrar el nombre completo, la cédula, teléfono, correo electrónico e identificar si el ciudadano es funcionario público.
Finalmente, se calculará el monto correspondiente a pagar y se abrirá un menú de opciones para poder abonar la multa. Se puede hacer mediante transferencias bancarias y a través de redes de cobranza en todo el país.
Así es el resumen de un ciudadano que no votó por primera vez y que no es empleado público:
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