Este sábado 1° de marzo será feriado no laborable, de acuerdo al decreto 10396 del año 1943 y el decreto N.º 120/985, que determinan esa condición cuando la fecha coincida con la toma de posesión del nuevo gobierno.
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SUSCRIBITELa ley establece la condición de feriado no laborable y pago para el día de transmisión de mando, que este año es sábado.
Este sábado 1° de marzo será feriado no laborable, de acuerdo al decreto 10396 del año 1943 y el decreto N.º 120/985, que determinan esa condición cuando la fecha coincida con la toma de posesión del nuevo gobierno.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) aclaró que el trabajador tiene derecho a no concurrir a trabajar y el día se le abonará igual, tanto para mensuales como jornaleros. En el caso de trabajar, la paga debe ser doble.
El MTSS señala, además, que por el decreto 201/979 que reglamenta feriados pagos, en aquellas actividades que por las características del proceso productivo, o por la naturaleza de la tarea desarrollada no se admite interrupción, es facultad del empleador convocar a los trabajadores a desarrollar tareas ese día.
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